Tenencia o consumo de drogas
Intervención policial ante la tenencia ilícita o consumo de drogas en el interior de vehículos particulares estacionados

El Ministerio del Interior ha aclarado cómo deben actuar los policías cuando ven a alguien en posesión de drogas o consumiéndolas dentro de un coche particular que está aparcado. Según la normativa actual, la Ley de Seguridad Ciudadana (la famosa “Ley Mordaza”) solo permite multar por consumo o tenencia de drogas si esto ocurre en lugares públicos, como calles, bares o transportes colectivos (autobuses, trenes, etc.), pero no menciona los coches particulares estacionados.
Esto significa que, si una persona está dentro de su coche aparcado y tiene o consume drogas (siempre que no sea para traficar), la policía no puede multarle por una infracción administrativa, ya que el coche se considera un espacio privado donde hay una cierta expectativa de intimidad. Así lo ha dicho también el Tribunal Supremo en varias sentencias, señalando que el interior de un coche es un lugar donde la gente puede guardar cosas personales y tiene derecho a cierta privacidad.
Sin embargo, la cosa cambia si el coche está en movimiento. Si la policía detecta consumo o tenencia de drogas mientras el vehículo circula, entonces sí puede haber consecuencias más graves, ya que podría tratarse de un delito contra la salud pública o la seguridad vial, dependiendo del caso. En resumen, estar con drogas en un coche aparcado no es sancionable, pero sí lo es si el coche está en marcha y se pone en peligro la seguridad o se comete otro delito.
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